La guía exclusiva para disfrutar los mejores atardeceres
La presente promoción se organiza por la entidad MAHOU, S.A., con CIF nº A-28078202, domiciliada en Madrid, calle Titán, núm. 15, (en adelante, la “COMPAÑÍA”).
A través de la presente promoción (en adelante, la “Promoción”) la COMPAÑÍA pretende promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o comercializa.
El ámbito de aplicación de esta Promoción nacional con excepción de Canarias, Ceuta y Melilla y en particular los establecimientos de hostelería clientes de COMPAÑIA que adquieran el producto promocionado a través de los concesionarios oficiales.
La Promoción dará comienzo el día 5 diciembre de 2025 y finalizará el día 23 de Marzo de 2026, ambos inclusive.
La Promoción se comunicará al público por la COMPAÑÍA indistintamente a través de, entre otras, cualquiera de las siguientes vías: a) Página web b) Medios on line c) Prensa d) Fuerza Comercial MSM y e) Concesionarios
Los premios que se van a entregar a los ganadores de la presente Promoción son:
Categorías y Dotación de los Premios
La presente promoción contempla tres categorías de premios, cuyos detalles y condiciones se especifican a continuación:
Categoría 1: Embajada Corona.
Se otorgarán cinco (5) premios, cada uno consistente en la obtención de los siguientes beneficios para el establecimiento ganador:
Categoría 2: Oasis Corona.
Se otorgarán veinte (20) premios, cada uno consistente en la obtención de los siguientes beneficios para el establecimiento ganador
Categoría 3: Sello Corona.
Se otorgarán setenta y cinco (75) premios, cada uno consistente en la inclusión en la Guía Corona Sunset Spots 2026 en la categoría de Sellos.
Se entregará un solo premio por local que sea determinado como Ganador.
A efectos aclaratorios, no se considerará válida la participación de aquellos usuarios con diferentes nombres, en los que coincida la misma dirección.
A los premios de la presente Promoción les será de aplicación lo establecido en los apartados 9.4 y 9.7 de las presentes bases legales.
Los ganadores deberán ser mayores de edad.
Los Ganadores se convierten en Representantes de Corona Sunset Spots durante todo el periodo comprendido entre Mayo y Septiembre de 2026, eso significa que se podrán realizar acciones promocionales como eventos, fiestas o activaciones en su local sin costes para el ganador, previo acuerdo con el equipo de la marca.
Todas aquellas personas que deseen participar en la Promoción deberán cumplir con los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las presentes bases.
La mecánica de la Promoción será la que se detalla a continuación:
Para resultar ganadores, los profesionales del sector de la hostelería, deben cumplir las siguientes condiciones:
Ubicación apta para el atardecer: El local debe contar con un punto de observación desde el que se puedan apreciar vistas despejadas al cielo (ciudad, mar o montaña) durante la franja del atardecer.
Espacio cuidado y apto para público: El local debe disponer de un área acondicionado y mantenido (decoración, mobiliario y servicios) que garantice una >experiencia adecuada y confortable para los visitantes.
Afinidad con la marca: El local debe presentar una estética, oferta y ambiente acordes con la identidad y valores del programa Corona Sunsets.
Tener un contrato para la venta al público de productos con Cervezas Corona durante el periodo de vigencia de ser Embajada, Oasis o Sello con Cervezas Corona.
Estar disponible para la marca y poder realizar intervenciones de marca durante el verano (fiestas, dinámicas de consumo y/o decoración)
A los anteriores efectos se considerará que un local tiene un bonito atardecer si desde él se puede ver el atardecer de una manera clara o se pueda apreciar como el sol tiñe el cielo de colores bonitos sin necesidad de ver el ocaso al uso. Además, si está ubicado en algún sitio característica y que ayude a generar una mayor experiencia tanto en ciudad cómo en naturaleza se considerará cómo positivo.
A los anteriores efectos se considerará que un local ofrece una experiencia Cerveza Corona si tiene en su menú ofertada Cerveza Corona. Esta cláusula será indispensable tras resultar ganador, pero no para participar en el concurso.
Para participar en la presente promoción, los establecimientos que cumplan los requisitos de participación, deberán acceder a sunsetspots.cervezacorona.es y proceder a su registro.
Los usuarios interesados en participar en la presente promoción deberán acceder a promoción en la web sunsetspots.cervezacorona.es, y en caso de no estar registrado, deberán rellenar un formulario de registro, completando todos los datos obligatorios y aceptar la política de privacidad. Entre estos datos se incluye que para ganar será obligatoria y de suma importancia la subida de cómo mínimo tres imágenes del local, que se vean claramente las vistas al atardecer del mismo y su ambiente. Estas fotos son las que van a determinar el ganador del concurso a través de nuestro jurado, es imprescindible elegirlas bien y que representen todo lo que es el propio local. Una vez realizados los pasos anteriores los participantes recibirán un email al correo que ha facilitado (validación doble optin) con un link para activar la cuenta.
Tras registrarse en el concurso pasa a formar parte de la BBDD de la marca aceptando las comunicaciones futuras.
En caso de estar registrado, el usuario deberá identificarse con su email y su contraseña.
Una vez realizados los pasos anteriores deberán aceptar las bases legales.
Cada inscripción dará lugar a una participación y se limitara a 1 participación por usuario.
De entre los Participantes de la Promoción resultarán 100 ganadores y 20 suplentes, que se determinarán según lo establecido en la Cláusula Octava (en adelante, los “Ganadores”).
Determinación de los Ganadores mediante un jurado
Los Ganadores de la Promoción se determinarán bajo el criterio de un jurado (el “Jurado”), que procederá a examinar los locales de hostelería participantes que se hayan registrado dentro del periodo establecido y cumplan los requisitos de participación, y decidirá los 100 Ganadores y los 20 suplentes.
Para la elección del ganador el Jurado tendrá en cuenta las siguientes premisas para elegir a los ganadores:
1. Espíritu Corona: Buscamos locales que respiren la esencia de Corona: conexión con la naturaleza, calma, autenticidad y disfrute sencillo. Espacios donde el tiempo se detiene, donde la madera, la luz y los tonos naturales invitan a desconectar de la monotonía del día a día. No importa si eres un chiringuito frente al mar, un rooftop urbano o una terraza entre montañas, lo importante es que transmitas ese espíritu natural y libre que representa a Corona.
2. Momento sunset: No hace falta ve el sol caer; buscamos lugares donde la luz y el ambiente inviten a bajar desconectar. Espacios que abracen esos cielos dorados, rosados o anaranjados de la hora mágica y sepan transformar esa atmósfera en parte de la experiencia.
3. Vistas que inspiren: Cada lugar tiene su propio horizonte. Puede ser el mar infinito, una ciudad que brilla al anochecer, un valle verde o una azotea escondida entre edificios. Valoramos aquellas vistas que, sin importar su orientación, te invitan a mirar, respirar y dejarte llevar. Esas que convierten un instante cotidiano en un momento que recordarás siempre.
4. Que nos hagas vibrar: El atardecer se vive, no solo se observa. Buscamos locales donde la gente se reúna a celebrar el final del día con una sonrisa, con música suave, con amigos o simplemente en silencio... pero siempre con una Corona en la mano. Espacios donde se respire buen ambiente y donde la hora del sunset se convierta en un ritual de desconexión, belleza y disfrute.
El fallo del Jurado será inapelable.
En el plazo máximo de 30 días naturales siguientes al día en el que se determine a los Ganadores, la COMPAÑÍA o los agentes que tenga contratados para la gestión de la Promoción comunicarán a los Ganadores que han resultado agraciados con el premio que se detalla en estas bases. Asimismo, la COMPAÑÍA hará público los nombres de los ganadores en sunsetspots.cervezacorona.es
En ningún caso podrá ser entregado el premio a personas/locales distintas de aquéllas que hayan resultado Ganadoras de la Promoción o, en su caso y de conformidad con lo dispuesto a continuación, los suplentes.
No podrán ser Ganadores de la Promoción el personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán ser Ganadores los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
En todo caso, el Ganador se compromete a preservar la buena imagen y reputación de la COMPAÑÍA o de cualquiera de sus marcas.
El premio objeto de la presente Promoción, es intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia de los Ganadores, siendo los Ganadores las personas que disfruten del mismo, salvo autorización expresa de la COMPAÑIA.
Una vez entregados a los Ganadores, los premios no podrán ser objeto de negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios.
Las imágenes o vídeos en los que aparezcan publicitados los premios de la Promoción pueden reflejar bienes o servicios con características sensiblemente distintas a aquéllos que constituyan los premios a ser entregados, no derivándose de ello para la Compañía una obligación contractual o legal de entregar como premio exactamente el bien o servicio que aparezca reflejado en tales imágenes o vídeos.
La COMPAÑÍA podrá solicitar a los Ganadores de la presente Promoción la aceptación escrita del premio. Los Ganadores podrán renunciar al premio ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser firmada asimismo por los Ganadores. En caso de que los Ganadores renuncien al premio, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.
En caso de que alguna categoría quede desierta, podemos ascender a los ganadores de categorías inferiores para completar las superiores como si de suplentes se tratase.
En el supuesto de que estas Bases regulen un determinado período durante el que se pueda disfrutar de los premios, éste deberá ser respetado por los Ganadores, sin que quepa la posibilidad de modificarlo.
Si la COMPAÑIA lo considera necesario, se podrá dejar algún premio desierto.
Los participantes que obtengan cualquiera de los premios se convierten en Representantes de Corona Sunset Spots para durante todo el verano, eso significa que se podrán realizar acciones promocionales en su local o fiestas, previo acuerdo con el equipo de la marca.
Los premios se entregarán exclusivamente dentro del territorio nacional en la dirección que la COMPAÑÍA indique a los Ganadores o, en su caso, suplentes en el momento de la notificación del premio.
El período de reclamación de los premios finaliza transcurridos dos (2) días naturales desde que los consumidores reciban la notificación de que han resultado agraciados con el premio en la dirección que hayan facilitado a tal efecto. En caso de que los Ganadores no reclamen en premio en este plazo, el premio pasará al siguiente suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Agotado el número de suplentes, la Promoción se declarará desierta.
Para el supuesto de que los Participantes aportaran contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial a través de los medios puestos a su disposición para ello, los Participantes ceden a la COMPAÑÍA, con carácter exclusivo y gratuito, para todo el territorio mundial y durante todo el periodo de vigencia de los mismos, la titularidad de todos los derechos de propiedad intelectual sobre las obras, que podrán ser explotadas por la COMPAÑÍA sin limitación de ningún tipo.
Asimismo, los derechos cedidos sobre todas las obras de la Promoción (tanto si resultan ganadoras como si no) comprenden, sin carácter limitativo, el derecho de reproducción, de distribución, de comunicación pública y de transformación, tal y como aparecen definidos en la Ley de Propiedad Intelectual aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Los derechos cedidos podrán ser explotados por la COMPAÑÍA a través de cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad, incluyendo, sin carácter limitativo, la explotación en televisión y/o mediante cualquier otro procedimiento audiovisual, la explotación online, la explotación en cualesquiera medios impresos (como cartel publicitario, en prensa, dossier de prensa, diarios, revistas, libros, publicidad), la explotación en cualquier tipo de soporte (incluyendo la explotación en DVDs, CDs y la explotación en vídeo), la exhibición en cualesquiera locales (abiertos al público o no) y/o en la vía pública, y el uso de las obras en cualquier actividad y/o medio publicitario o promocional (incluyendo, sin carácter limitativo, publicidad exterior). La COMPAÑÍA estará facultada para ceder y/o licenciar a terceros, con carácter de exclusiva o no, los derechos cedidos.
Los Participantes garantizan expresamente, con total indemnidad para la COMPAÑÍA, la autoría y originalidad de cualesquiera de las obras remitidas como consecuencia de esta Promoción, y que las mismas no son copias ni modificación total o parcial de ninguna obra o marca protegible, ni que las mismas se hallan sometidas a ninguna otra promoción o concurso, resuelto o pendiente de resolución. En este sentido, los Participantes se comprometen a mantener indemne a la COMPAÑÍA frente a cualquier reclamación de terceros por daños y perjuicios que se deriven de cualesquiera de las obras remitidas o del uso que de éstas lleve a cabo la COMPAÑÍA en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual o industrial, de competencia desleal o suponga una infracción de la restante legislación que resulte de aplicación.
Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, la Compañía se compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que el Ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.